Asociación Sindical de Interinos

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Reivindicaciones al Ministerio de Sanidad y Consumo - 2 Agosto 2005

María Jesús Ramos Castaño, médico de familia y presidente de la Asociación Sindical de Interinos, por medio del presente escrito manifiesta:

Contesto a sus escritos de fechas 21 de julio del 2005 con registros de salida nº 2114 y 2119.

El proceso de consolidación se ha realizado mediante la convocatoria de 4.000 plazas menos para médicos de familia y 20.000 para ATS y otras tantas para auxiliares. Si la lista de afectados es superior es algo que ahora no puedo determinar.

El pacto de fecha 23-11-1999 por el que se reduciría el empleo temporal a menos del 3% se ha incumplido, y jugando con sus adjetivos se ha realizado con absoluto incumplimiento del ordenamiento jurídico.

El incumplimiento se denomina desviación de poder, y provocará la declaración de nulidad de todas las ordenes incumplidoras en el número de plazas, pues el objeto de la ley y el interés del legislador no es otro que reducir la temporalidad a menos de un tres por cien mediante un proceso de consolidación de empleo, vocatio finalis, está perfectamente detallado en la exposición de motivos .

Para mayor suerte de los afectados, la desviación de poder se hizo de modo discriminatorio, para algunos si se cumplió el pacto y para otros no.

Este sindicato recurrirá toda la OPE ante la Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y por último el Tribunal Constitucional. No le quepa la menor duda que jurídicamente se ganará el pleito, el problema es el tiempo y los problemas añadidos que creará.

Además del plano jurídico, está el plano sindical y político.

Respecto al primero de éstos, esta parte sabe que no está legitimada para instar el proceso de mediación de un pacto del que no fue parte, pero la administración a la que nos dirigimos si lo era. Que no quiere actuar es solo su problema y responsabilidad.

De igual modo esta parte no esta obligada a denunciar el incumplimiento de un pacto del que no fue parte, por lo que el no inicio de medidas de conflicto colectivo es un acto de buena fe negocial que no ha sido respetada por la otra parte.

Sorprende el silencio ante la solicitud de proceder al depósito, registro y publicación del acuerdo y del pacto, pues ambos se deben publicar según la ley, no estableciendo la ley ninguna excepción ni la del antecedente remoto ni la de la aprobación o no del competente.

En definitiva es de su responsabilidad el incumplimiento de la ley, y será un juez de lo Social quién decida si se deben publicar o no los citados pacto y acuerdo.

La oferta que este sindicato le hizo es inmejorable, siendo un error no haberla aceptado.

A partir de aquí lo que sucederá son medidas de conflicto colectivo por incumplimiento del pacto y otras reivindicativas.

Concentraciones, manifestaciones y huelgas. Con un día de huelga, 22 de marzo de 1999, se consiguió el pacto. Su cumplimiento no requerirá muchos días más. O sí. Pero seguro que al quinto día de huelga ya han cesado desde la Ministra al último subdirector general.

Es difícil justificar ante 17 millones de trabajadores de este país el incumplimiento de un pacto, y la prensa llevará la información a toda la opinión pública en muy pocos días.

La tabla reivindicativa es la siguiente:

1º.- Modificar la base primera de las 89 ordenes del 2001 que no hayan convocado el número adecuado de plazas.

2º.- Reconocer efectos administrativos de la condición de fijo desde el 1 de junio del 2003, a efectos de abono de trienios, fecha en la que debió acabar la OPE. Hasta aquí el pacto.

Y además que se nos trate igual que al resto de los trabajadores de este país.

Por ello reivindicamos.

3º.- Abono de igual salario por igual trabajo, es decir, que se nos pague la deuda histórica de los trienios a los interinos, más el interés legal del dinero, calculándoseen una media de 60.000 € por trabajador.

4º.- Se abone una indemnización a quien no consolide el empleo de 45 días de salario por año trabajado. Previsión del legislador en la disposición final primera de la ley 30/1984 de 2 de agosto de medidas para la reforma de la función pública, a falta de desarrollo reglamentario.

Por último tenemos el plano político, esta parte conoce perfectamente, cuándo, cómo, quién y porqué se decidió discriminar a una serie de colectivos, suponemos que la actual administración también lo conoce, pero eso ahora es irrelevante.

Cuando estemos los 45.000 trabajadores afectados manifestándonos de modo continuado frente al Ministerio de Sanidad y Consumo y realizando huelgas, éste tendrá muy graves problemas para él y su partido, pero ninguna solución. Tal vez quien proponga la solución de no despedir a nadie y hacer una nueva OPE, sea quien creó el problema. El regalo pasara a la historia de la torpeza política.

La mejor y única solución sensata para el Ministerio es aceptar la mediación propuesta.

Comunicar a la opinión pública que un sindicato ha impugnado el pacto de 23-11-1999, del que no formaban parte y aceptar el veredicto de los mediadores.

Será muy duro y difícil para este Gobierno aceptar el despido de miles de trabajadores interinos, además del incumplimiento de los pactos y no someterse a los instrumentos de solución pacífica de conflictos, prefiriendo y lanzando a los trabajadores ala conflictividad laboral. Tras un incumplimiento de un pacto, con el daño que ello supone para la negociación colectiva.

Ni más ni menos, lo demás es jurídicamente erróneo y políticamente muy arriesgado.

Trasladen este escrito a los asesores jurídicos y políticos del Ministerio.

Nos queda sólo un mes de paz laboral.

Ministerio de Sanidad y Consumo.

Pº. Del Prado 22-26. Madrid. 28071.

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